Membresía
La membresía estará integrada por personas del sector público y privado y estudiantes universitarios, con genuino interés en el mejoramiento de la Administración Pública, directamente relacionadas con la Asociación de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, estén dispuestos a brindar respaldo a los objetivos y programas que promueve la ARHRL y que cumplan con los requisitos establecidos en este Reglamento.
Requisitos
Podrán ingresar aquellas personas que:
- Posean experiencia en la gerencia de los recursos humanos y relaciones laborales.
- Laboren o hayan laborado en el sector público o privado en Recursos Humanos y Relaciones Laborales en funciones de: Analistas, Técnicos o Especialistas de Recursos Humanos y Relaciones Laborales.
- Gerentes, Directores, Administradores, Psicólogos Industriales con experiencia en la gerencia de recursos humanos y relaciones laborales. Abogados que laboran en el campo de los Recursos Humanos y Relaciones Laborales, entre otros.
- También podrán ingresar estudiantes que cursen al menos, nueve (9) créditos de bachillerato o maestría que apoyen la gestión de Recursos Humanos, Gerencia o Relaciones Laborales.
- No tengan actividades ni intereses en conflicto con la ARHRL.
- Hayan completado la Solicitud de Ingreso.
Solicitud de Ingreso
Las personas que interesen ingresar a la ARHRL deberán reunir los
requisitos enumerados en el Artículo III, Sección 2 de este Reglamento. Además:
- Deberá completar una Solicitud de Ingreso y enviar al correo electrónico designado para esos fines por la Asociación o entregar personalmente a la Junta de Directores (en adelante la Junta).
- La Junta de Directores de la Asociación o el personal designado por ésta, evaluará y podrá aprobar o no aprobar la Solicitud conforme a la reglamentación y requerimientos establecidos.
- En el término de quince días (15) calendario de recibirse la solicitud de ingreso, la Junta le notificará al solicitante sobre el recibo de esta. La aprobación de la solicitud estará sujeta a que se reciba el canon de ingreso correspondiente y la cuota (vigente).
Cuota Anual
- La cuota para los socios será de $24, pagadera en su totalidad en enero de cada año. Las personas cuya aprobación de Solicitud de Ingreso sea posterior a dicho mes, deberán pagar la misma en su totalidad al momento de su ingreso y prospectivamente en enero de cada año subsiguiente.
- Toda persona admitida como Socio, deberá realizar sus pagos a través de, ATH móvil, cheque, o giro postal a nombre de la Asociación para la Administración de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de Puerto Rico.
- La Junta de Directores de la ARHRL podrá evaluar el aumentar el costo de membresía y cuota anual a base de las necesidades de la organización o del costo de vida, luego de un estudio. La notificación a los socios activos sobre cualquier aumento en cuota y membresía se hará con cuarenta y cinco (45) días de antelación a la fecha de efectividad de este.
- La persona que durante un período de treinta (30) días calendario no efectué el pago de la cuota, será inactivado y tendrá que pagar un cargo de $15.00 por concepto de reingreso y el pago de la cuota.
- Todos los miembros de la Junta de Directores tendrán que realizar su pago de cuota en enero de cada año, durante el término de su incumbencia al cargo y mientras continúen siendo socios de la ARHRL.
Cuota de Estudiantes
Los estudiantes, a nivel de bachillerato o maestría deberán pagar la cuota anual de $15.00 vigente en enero de cada año. Los estudiantes cuya aprobación de Solicitud de Ingreso sea posterior a dicho mes, deberán pagar la misma en su totalidad al momento de su ingreso y prospectivamente en enero de cada año subsiguiente
El método de pago será mediante ATH móvil, cheque o giro postal a nombre de la Asociación para la Administración de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de Puerto Rico, pagadero en enero de cada año.